Por: Adriana Chávez
Como ustedes saben, el próximo mes de abril de 2025 se presenta la declaración anual, esto, siempre y cuando tengas ingresos superiores a 400 mil pesos, o bien, si fuera un importe menor tengas ingresos adicionales.
Para aquellos que tengan la obligación de presentar la declaración, la misma ley permite incluir en el cálculo del impuesto los siguientes gastos;
- Honorarios médicos, dentales, psicología y nutrición. (1)
- Gastos hospitalarios y medicinas en hospitales.
- Compra de lentes ópticos graduados. (1)
- Colegiaturas a nivel básico hasta bachillerato. (1)
- Transporte escolar si es que este es obligatorio.
- Intereses reales pagados en créditos hipotecarios.
- Aportaciones complementarias de retiro.
- Primas por gastos de seguros de gastos médicos mayores. (1)
- Donativos y gastos funerarios.
Estos gastos para que sean válidos, deberán cumplir ciertos requisitos que sugerimos se revisen al momento de solicitar tus comprobantes:
- Indiquen tu RFC.
- Indiquen el uso del gasto, ej. Honorarios Médicos (D01) y;
- Que sean pagados a través de medios bancarizados.
Considerando lo anterior, podrás presentar la declaración con tu Firma Electrónica, la cual, en caso de que no la tengas vigente o hayas olvidado tu contraseña podrás solicitarla a través de una cita en las oficinas del SAT.
Finalmente, en el caso que generes un saldo a favor, lo podrás solicitar al finalizar el llenado de tu declaración incluyendo tus datos bancarios.
(1) Aplican límites y condiciones especiales